El nuevo reglamento eléctrico refuerza los derechos de los consumidores
El Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, ha entrado en vigor en agosto de 2026 con novedades importantes para los consumidores de electricidad. Entre los cambios destacan la prohibición de contratar por teléfono sin autorización previa, la obligación de entregar un documento resumen claro antes de firmar cualquier contrato, la comunicación por escrito de cambios en las condiciones con un mes de antelación y la facturación mensual basada en consumo real. Además, el cambio de compañía comercializadora se agiliza y, con carácter general, podrá hacerse sin penalización.
Si eres consumidor de electricidad, desde agosto de 2026 las comercializadoras no pueden contratarte por teléfono sin que tú hayas solicitado previamente la llamada, y deben entregarte un documento resumen comprensible antes de que firmes. Si tu compañía modifica las condiciones del contrato, debe avisarte con al menos un mes de antelación y recordarte que puedes cancelar sin coste si no estás de acuerdo. No es necesario realizar ningún trámite: los derechos se aplican automáticamente.